Alta Colegial y Sociedades

 

Documentación que debe acompañar a los impresos de alta colegial en el COAAT Granada

  • Original y copia del Título o, en su defecto, del Resguardo de haberlo solicitado en la Escuela Universitaria de Arquitectura Técnica.
  • 1 Fotocopia DNI
  • 4 Fotografías (para la 1ª colegiación); 2 Fotografías (para readmisiones o incorporaciones desde otros colegios)
  • Nº de cuenta y dirección de la oficina bancaria para el cargo de cuotas.
  • Cuotas de incorporación:
    • Primera colegiación: 75,00 € + 16% IVA = 87.00 €
    • Procedente de otro Colegio: 150,00 € + 16% IVA = 174.00 €
    • Readmisiones: 125,00 € + 16% IVA = 145.00 €)

Documentación a rellenar

En el apartado Impresos Secretaría Colegial de la sección Descargas, se encuentra disponible la documentación necesaria para el Alta Colegial. Dicha documentación puede presentarse en el Colegio o vía telemática ( a la persona responsable:  Nani Pérez Vera   ).

Cuota Colegial

La cuota colegial es de 21,00 € + 16% IVA al mes, lo que supone una cantidad total de 24,36 €/mes.

Requisitos obligatorios para ejercer libremente la profesión:

  • Alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas).
  • Alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social) o en PREMAAT. (Previsión Mutua de Aparejadores y Arquitectos Técnicos)

Sólo se tiene derecho de opción entre PREMAAT y el RETA durante los 30 días siguientes al comienzo de la actividad (alta en el IAE), debiendo permanecer en el sistema elegido mientras dure el alta en el IAE.

El importe mínimo de la cuota mensual del RETA es, aproximadamente, de unos 220 €.

La cuota mensual de PREMAAT (Grupo 2000, para Arquitectos Técnicos de nueva colegiación), está indicada en las Tablas de Cuotas y Cifras Base, si bien se informa que para colegiados menores de 36 años no supera las 90 €/mes.

Para más información sobre estos temas, se sugiere la lectura del documento Preguntas en torno al RETA.

El seguro de responsabilidad civil

Este seguro tiene carácter obligatorio desde primeros del año 2004, para todos los Arquitectos Técnicos de ejerzan libremente la profesión.

Se puede contratar libremente con cualquier compañía privada, en el Colegio a través de MUSAAT (Mutua de Seguros para Aparejadores y Arquitectos Técnicos a Prima Fija), según las coberturas y precios.

Además de la prima fija anual, hay que pagar a MUSAAT una prima adicional al visado, que se calcula en función de cada tipo de trabajo.

Nota: No es obligatorio cumplimentar los requisitos para ejercer como profesional liberal, hasta 10 días antes de visar el primer trabajo en el Colegio.

Más Información

Para más información relativa a temas colegiales, se puede dirigir a:

  •  Nani Pérez Vera

    Secretaría de la Junta de Gobierno; Altas colegiales; Bajas o Traslados a otros Colegios; Cambio de datos personales del colegiado; Acreditaciones en otros Colegios; Tramitación de Certificados.
    • Tlf.: 958 22 94 55

Documentación que debe acompañar a los impresos de alta en registro colegial de sociedad profesional en el  COAAT Granada

  • Copia autorizada de la escritura de constitución de Sociedad Profesional, con la diligencia de inscripción en el Registro Mercantil.
  • Original o copia compulsada de la póliza del Seguro de Responsabilidad Civil.
  • Original o copia compulsada de la tarjeta de Identificación Fiscal.
  • Autorización Bancaria.
En el archivo del Colegio quedará copia compulsada por el Secretario del Colegio de todos los documentos anteriormente reseñados.

Documentación a rellenar

En el apartado Impresos Secretaría Colegial de la sección Descargas, se encuentra disponible la documentación necesaria para el Alta en registro colegial de Sociedad Profesional. Dicha documentación puede presentarse en el Colegio o vía telemática ( a la persona responsable: Isabel Soto Pino ).

Derechos de inscripción y de mantenimiento

Los derechos de inscripción son de 150 €.
Los derechos de mantenimiento del Registro de Sociedad Profesional son de 60 € bianuales.

Tales derechos no tendrán, en ningún caso, la consideración  de cuotas de colegiación a cargo de las sociedades.

Más Información

Para más información relativa a sociedades, se puede dirigir a:

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