Legitimación de los Colegios para impugnar Licitaciones Públicas

El Consejo General de la Arquitectura Técnica de España nos envía una comunicación de interés para los Colegios, del que reproducimos un resumen a continuación:

El Tribunal Supremo ha dictado una nueva sentencia (nº 317/2024, de 27 de febrero), de gran interés para los Colegios Profesionales, por la que se reconoce expresamente la legitimación de estas Corporaciones de Derecho Público para recurrir anuncios de licitación pública y sus correspondientes pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas que afecten a los intereses profesionales de sus colegiados, así como a los intereses colectivos o generales de la profesión que representan.

Destacamos lo expuesto en el Fundamento de Derecho Cuarto de la citada resolución:

“… los Colegios Profesionales gozan de legitimación ad procesum para entablar acciones ante la jurisdicción contencioso-administrativa con el objeto de pretender la anulación de resoluciones de convocatoria de licitaciones sometidas a la aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público, referidas a la prestación de servicios profesionales, en los supuestos que la actuación administrativa afecte a los intereses profesionales de los colegiados, y cuando la acción procesal repercuta directamente o redunde en beneficio del interés colectivo del propio sector profesional, al entablarse con la finalidad de la protección de intereses colectivos o generales, vinculados a la protección de la ética, la transparencia y responsabilidad en el desempeño de la profesión, así como cuando traten de evitar un perjuicio o un menoscabo cierto y efectivo al recto ejercicio de la profesión.”

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