Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Desde el 2 de octubre, los Arquitectos Técnicos, en tanto que ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con las mismas en ejercicio de dicha actividad profesional.

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